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La Junta amplía el catálogo de profesionales que pueden beneficiarse de las ayudas

Entre ellas, se encuentran los de periodismo, fotografía, artes escénicas, artesanía y moda flamenca.

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La responsable de Empleo en Málaga, Carmen Sánchez, ha recordado que la Junta de Andalucía cuenta con otras líneas de apoyo a los autónomos

Mediante BOJA extraordinario del 23 de noviembre, la Junta de Andalucía, ha ampliado el catálogo de actividades beneficiarias de las ayudas de 1.000 € para autónomos afectados por la Covid-19.

En concreto, el catálogo inicial se amplia hasta las 85 actividades. Entre ellas, se encuentran profesionales del periodismo, fotografía, artes escénicas, artesanía y moda flamenca, así como actividades relacionadas con las agencias de viaje, papelerías, inmobiliarias, gimnasios, salones de belleza, cines, salas de espectáculos y otras actividades sanitarias.  

Se trata de una medida que fue reivindicada desde UPTA Málaga, que, desde que se publicaron las ayudas el pasado 17 de noviembre, manifestó que muchos sectores «muy afectados» quedaban excluidos de la ayuda mencionada. 

A fondo perdido

En cualquier caso, para UPTA Andalucía, se ha perdido la oportunidad de modificar también los requisitos de acceso. «Se van a producir situaciones muy injustas. Van a recibirlas autónomos que están facturando y sin embargo, otros que no lo están haciendo no podrán pedirla, al exigir no ser beneficiario de ninguna modalidad de cese de actividad», interpretan desde la asociación presidida por Inés Mazuela

Estas ayudas consisten en una cantidad a tanto alzado y a fondo perdido de 1.000 € que pretenden ayudar al mantenimiento de las actividades de los sectores incluidos en el catálogo, siendo requisito haber estado de alta en el RETA desde que se declarara en España el primer Estado de Alarma, el 14 de marzo, hasta la fecha y se impone la obligación de mantener dicha alta 3 meses.

Junto a esto, salvo al colectivo de feriantes, se les exige que no sean beneficiarios de ninguna de las modalidades extraordinarias de cese de actividad vigentes desde el pasado 1 de octubre ni de la prórroga de la misma.

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