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Después de la Reforma, más ERTES. El Mecanismo RED

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Jorge Martín Sanz, socio Ius Laboral Abogados

El pasado 16 de marzo de 2022 se publicaba el Real Decreto-Ley 4/2022 por el que se adoptaban medidas de apoyo al sector agrario atenazado por la pertinaz sequía. Aprovechando que el Pisuerga pasa por Valladolid, en Disposiciones Adicionales y Transitorias, se constituye el Fondo RED de Flexibilidad y Estabilización de Empleo. Del mismo modo, se establece un procedimiento provisional, a la espera de desarrollo reglamentario, para la aplicación del Mecanismo RED.

Hay que ver como nos gusta etiquetar las cosas. Esto, en esencia, es un ERTE que permitirá a las empresas la solicitud de medidas de reducción de jornada y suspensión de contratos de trabajo, en dos situaciones y/o modalidades concretas:

• Cíclica, cuando se aprecie una coyuntura macroeconómica general que aconseje la adopción de instrumentos adicionales de estabilización, con una duración máxima de un año.

• Sectorial, cuando en un determinado sector o sectores de actividad se aprecien cambios permanentes que generen necesidades de recualificación y de procesos de transición profesional de las personas trabajadoras, con una duración máxima inicial de un año y la posibilidad de dos prórrogas de seis meses cada una.

Para la activación del mecanismo, y que las empresas puedan sumarse al mismo, se requiere de la propuesta y reconocimiento del Gobierno de la concurrencia de la coyuntura macroeconómica, aunque en el caso de activaciones sectoriales pueden ser a propuesta de los agentes sociales.

En todo caso, no se trata de un automatismo, sino que las empresas deberán tramitar un ERTE, con algunas especialidades, y acreditar la concurrencia de las causas objetivas (económicas, productivas, organizativas o técnicas) que justifican la medida empresarial para poder aplicarla, así como, en su caso, poder acogerse a las ayudas o bonificaciones que se financien con el Fondo RED.

Por supuesto, al margen de este mecanismo, las empresas podrán seguir tramitando ERTES, llamémosles ordinarios, referidos a su situación concreta. Eso sí, al parecer sin que existan previsiones respecto de alguna ventaja en forma de ayudas.

Pero, siempre hay peros, resulta que el procedimiento que se aprueba es provisional y se emplea un instrumento de urgencia, lo que da que pensar. ¿Esa urgencia y provisionalidad suponen que estamos en las puertas de otro mazazo a nuestra maltrecha economía? Pronto saldremos de dudas.

Jorge Martín Sanz
Socio IUSLABORAL ABOGADOS

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