La crisis derivada del COVID-19 ha llenado los medios de términos que, aunque hayan escuchado con anterioridad, le pueden resultar aún desconocidos. Así, desde Vida Económica hemos realizado un pequeño glosario de aquellas palabras que van a escuchar diariamente durante esta pandemia.
Permiso retribuido y recuperable. Se trata de una medida excepcional que ha aprobado el Gobierno durante la crisis sanitaria del COVID-19. Esta obliga a todos los trabajadores que se dediquen a actividades no esenciales a permanecer confinados en sus casas. Una de las ventajas es que, aunque no trabajen, no van a dejar de percibir su salario. Sin embargo, una vez que acabe la situación de emergencia, deberán recuperar todas las horas de trabajo no prestadas.
Moratoria. Una moratoria de hipotecas, cuota de autónomos o créditos al consumo consiste, básicamente, en ofrecer al cliente la posibilidad de aplazar los pagos durante un período de tiempo. Esta medida ha sido tomada por el Gobierno durante la pandemia para evitar que la pérdida de ingresos lleve a las familias o trabajadores a incurrir en impagos.
ERTE. Un Expediente de Regulación Temporal de Empleo es un mecanismo que tienen las empresas para suspender los contratos o para implantar una reducción temporal de la jornada de trabajo de los empleados, siempre y cuando se produzca una situación excepcional como, por ejemplo, la que estamos viviendo. Hay que aclarar que no se trata de un despido y que, por tanto, las empresas deben reincorporar a los trabajadores una vez ha terminado el periodo por el que se aplica.
Líneas ICO. Los créditos ICO son las vías de financiación que ofrece el Instituto de Crédito Oficial, una institución pública y perteneciente al Estado. Precisamente, el ser propiedad del Estado es uno de los puntos fuertes de estos créditos: la solvencia y seriedad de quien los respalda hace que su fiabilidad sea muy alta. Estos créditos van dirigidos a empresas, especialmente pymes y autónomos, con el fin de atender a los pagos de salarios, facturas, necesidad de circulante y otras necesidades de liquidez. Sin embargo, no se podrán usar para, por ejemplo, la cancelación de deudas que habíamos contraído con anterioridad.
Eurobonos o coronobonos. Se trata de un tipo concreto de bonos que permiten mutualizar la deuda y los riesgos de todos los países bajo la acción de la Unión Europea. Así, a través de estos bonos, el Banco Central Europeo podría emitir deuda con mayor garantía que la que ofrece la deuda soberana de cada país.
En definitiva, se trata de una vía para obtener más liquidez de la que podría conseguir cada país por separado, suavizando las diferencias entre Estados. El único inconveniente, y es por lo que países como Holanda o Alemania se oponen, es que normalmente suelen beneficiar a los Estados más débiles y perjudican a los países más estables económicamente, como son los del norte de Europa.
Bono social eléctrico. Se trata de una ayuda dirigida a los consumidores para hacer frente a la factura eléctrica. Está regulado por el Gobierno y su objetivo es proteger a los colectivos con menos posibilidades económicas, lo cual podría suponer un ahorro anual de más de 200 euros para un consumidor medio. Aunque este ha estado siempre dirigido a familias, durante la crisis del COVID19, el Gobierno lo ha hecho también extensible a autónomos. Así, todo aquel que sea autónomo y haya visto cesada o reducida su actividad en un 75% por esta pandemia, podrá solicitarlo rellenando el siguiente formulario https://bit.ly/2ySFpJc
Grandes tenedores de viviendas. Se denominan grandes tenedores aquellos propietarios o fondos de inversión que cuentan con más de diez viviendas en su propiedad.
Crédito puente. Este es un tipo de préstamo especial al que un cliente recurre cuando necesita financiación inmediata. Tiene carácter temporal, concretamente hasta que se obtiene el préstamo definitivo, y el deudor debe asegurar un ingreso futuro. Este tipo de financiación puede tener fines empresariales o también personales, como podría ser la adquisición de una vivienda, llamándose “hipoteca puente”.
Crédito al consumo. Conocido como crédito de libre disponibilidad, se trata de una modalidad de préstamo personal en el que un prestamista, por ejemplo, una entidad bancaria, concede a un usuario un crédito para financiar la adquisición de bienes, productos, servicios (un viaje, mobiliario para la vivienda, un televisor…) que no tienen un importe excesivamente elevado. Este tipo de préstamos, que se pagan a plazos durante un corto periodo de tiempo, se suelen pedir cuando el solicitante necesita contar con cierta cantidad de dinero disponible de una manera inmediata.
Indicador Múltiple Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Es un índice empleado en España como referencia para la concesión de ayudas, subvenciones o el subsidio de desempleo. Nació en 2004 para sustituir al Salario Mínimo Interprofesional.