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Todos a fichar (… y otros cambios en los centros de trabajo)

Fichar en el trabajo.

Fichar en el trabajo.

Según la Encuesta de Población Activa (EPA), durante el primer trimestre de 2019, los empleados trabajaron 5,6 millones de horas extras a la semana. Además, esta encuesta señala que, cada semana, 2,6 millones de horas no son abonadas. Ante tales cifras, y para frenar el abuso en cuanto a horas extraordinarias, el pasado 12 de mayo entró en vigor una nueva ley que obliga a los trabajadores a fichar a la entrada y a la salida de su jornada laboral.

¿Quién está obligado a fichar?

La anterior ley únicamente obligaba a tal registro a los trabajadores con contratos a tiempo parcial o de formación. Ahora, la ley se extiende a todas las empresas y trabajadores, salvo a los directivos que tengan una relación mercantil con la empresa o quienes tengan un contrato de alta dirección.
Sin embargo, expertos señalan la imperfección de esta ley ante circunstancias especiales, como las jornadas de un transportista o un comercial. “No es lo mismo regular una jornada de un trabajador que está en una oficina, con un horario planificado, que los trabajadores que no pisan un centro de trabajo, ya que este es la calle. Esto aún está por precisar”, explica Francisco Javier Valverde, socio-director de Asesoría Valverde Conejero.

¿Cuándo se empezará a multar?

Aunque la ley entró en vigor el mes pasado, la Inspección de Trabajo ha dado un “margen de maniobra” antes de comenzar a sancionar. ¿Qué quiere decir esto? Durante los primeros meses se hará la vista gorda en aquellas empresas que aún no tengan el registro implantado. Ahora bien, quién no pueda demostrar que ya está preparando la puesta en marcha del registro será sancionado con multas que pueden ir desde los 626 euros a los 6.250.

Distintas formas de fichar

Las compañías pueden usar los sistemas tradicionales en papel, con cuadrantes, o utilizar otros sistemas más digitales, como tarjetas para fichar en la puerta, los tornos de acceso e incluso aplicaciones informáticas instaladas en los ordenadores o en los móviles de empresa, a través de la cual indican en qué momento han comenzado y finalizado su jornada laboral.
Estas fichas deberán guardarse durante cuatro años en los registros de la empresa, tiempo durante el cual podrán ser solicitados por la Inspección.

Otros cambios significativos

Un antes y un después para los fumadores

Antes de la “ley antitabaco” de 2005, cualquier persona podía fumar dentro de las empresas. Sin embargo, la historia ha cambiado. Con esta ley, que posteriormente se endurecería en 2010, se prohibía fumar tanto en los puestos de trabajo como en los espacios públicos.

En un principio, cuando se hablaba de prohibición, la ley hacía referencia a los espacios cerrados dentro de los centros de trabajo. Se dejaba, por tanto, a voluntad del empresario que pueda fumarse en los espacios al aire libre o en salas habilitadas para ello.
Sí es cierto que en este ámbito es donde más se está estrechando el cerco contra los fumadores. Uno de los grandes ejemplos es Nestlé, que prohibió a su plantilla fumar en todo el recinto. Además, el empleado que quisiera encenderse un cigarro tendría que salir al exterior, fichando a la entrada y a la salida.

Prevención de riesgos laborales

Desde hace unos años, las empresas han tomado conciencia de la necesidad de una buena actividad preventiva. Antiguamente se sentía como un impuesto más, considerándose un gasto que tenían que pagar a empresas dedicadas a la prevención. “La prevención, aparte de obligatoria, es muy beneficiosa para la empresa, ya que elimina muchos factores de riesgo, que luego se traducen en bajas y gastos para la empresa”, explica Francisco Javier Valverde.
Por ejemplo, las empresas están muy concienciadas sobre los Equipos de Protección Individual (EPI). Además, al entrar en una actividad laboral deben pasar por un reconocimiento médico, cosa que antes no se hacía.

Gestión innovadora en los RRHH

Los recursos humanos es uno de los aspectos empresariales que más cambio han experimentado en los últimos años. En Vida Económica nos centramos en los siguientes:

La contratación social, un reto para las empresas
En 2007, las Cortes Generales aprobaron la conocida “Ley de Igualdad de Género”, en la que se apostaba por una paridad efectiva entre hombres y mujeres. En estos años, al menos 9 de cada 10 empresas españolas cuenta con una mujer en su equipo directivo. Esta ley subraya que las empresas con más de 250 personas deben disponer de una serie de medidas para la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres.

Cambios en los Recursos Humanos.

La diversidad en las empresas: un valor añadido
Las compañías se han dado cuenta del valor añadido que pueden aportar grupos sociales excluidos, como personas con discapacidad, inmigrantes, mayores de 45… Según el Fondo Monetario Internacional, la variedad social en los grupos de trabajo mejora el ambiente laboral, aportando diferentes puntos de vista, incrementando el compromiso hacia la empresa y elevando la productividad.

Mayor equilibrio entre la vida personal y profesional
Este es uno de los aspectos que más demandan los trabajadores en las empresas. La conciliación entre la vida personal y la profesional se ha convertido en un factor clave para atraer y retener talento en las compañías. Así, el 58% de las empresas señalan que ya cuentan con medidas de conciliación, mientras que en las grandes empresas el porcentaje es mucho mayor, con un 77%.

Nuevos procesos de contratación: del CV a las redes sociales
El CV ha sido sustituido por webs de empleo como Infojobs o por consultoras de Búsqueda y Selección. “Hubo una transición muy dura, donde las empresas no tenían claro cuál era el canal adecuado para comunicar sus ofertas de empleo”, explica Pedro García, socio director de Standby Consultores. Esto fue aprovechado por LinkedIn, red social que se ha convertido en la principal herramienta de selección de empleados.

Nuevos procesos de contratación.

Salarios emocionales: motivación más allá del dinero

Cuando alguien busca un puesto de trabajo, en lo primero en lo que se fija es en el salario que va a recibir a final de mes. ¿Piensan que esto también ha cambiado? Sí. Las nuevas generaciones consideran que, a parte de la remuneración, hay muchos más factores inmateriales que se tienen en cuenta a la hora de ocupar un puesto de trabajo. Estamos hablando del salario emocional.

Según un estudio de Adecco, el hecho de tener un buen salario cae hasta la quinta posición en el ranking de felicidad laboral. Algunos de los aspectos que más valoran los empleados es contar con una jornada flexible, servicio de guardería, formación o másteres para impulsar la carrera profesional de los empleados, talleres de yoga o relajación, creación de espacios de distracción, como gimnasios o cafeterías e, incluso, permitir que el personal traiga a la oficina a sus mascotas.

Salarios emocionales.

Protección de datos: una norma de obligado cumplimiento

Aunque muchos lo desconocen, las leyes de protección de datos existen desde los años 70. Sin embargo, fue el pasado 25 de mayo de 2018 cuando se convirtió en una norma de obligado cumplimiento. Hasta este momento, las empresas tenían varias medidas de seguridad divididas en medidas básicas, medias o altas (dependiendo del tipo de empresa). Solamente tenían que cumplir estas normas. “La finalidad era aumentar la protección de la información personal de los ciudadanos, pero a su vez dándole más libertad a las empresas a la hora de legitimar sus tratamientos de información”, explica Hernando Domínguez, director de la oficina en Málaga y Andalucía Oriental de Prodat.

Con la implantación de esta ley, se desarrollaron medidas como que en las empresas que usan CRM para guardar sus datos, los usuarios que accedan a estos ordenadores deben hacerlo de forma controlada, teniendo cada uno una clave de acceso distinta.

Tras cumplirse un año de la implantación de esta ley, el director de Prodat asegura que aún sigue siendo complicado llegar a los empresarios, que están centrados en generar negocio. “Nos falta que la protección de datos llegue a los consejos de administración, que se tomen en cuenta las opiniones del Delegado de Protección de Datos y que se cumpla de una forma preventiva, no reactiva”.

Protección de Datos.

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