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Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias «MASC”: ¿Una vía eficaz o más burocracia judicial?

Los MASC se presentan como una medida negociadora previa a la interposición de la reclamación judicial civil y ofrecen a las personas, ya sean físicas o jurídicas, la posibilidad de resolver sus conflictos de manera pacífica, sin necesidad de llegar a un Juicio.

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Ana García. Méndez Padilla Abogados

El pasado 3 de abril, entró en vigor la Ley 1/2025, de 2 de enero de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, y con ella se regula por primera vez, los denominados Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (MASC).

Los MASC se presentan como una medida negociadora previa a la interposición de la reclamación judicial civil -como la mediación, la conciliación, el arbitraje, la existencia de una oferta vinculante, la intervención de una persona experta independiente-, y ofrecen a las personas, ya sean físicas o jurídicas, la posibilidad de resolver sus conflictos de manera pacífica, sin necesidad de llegar a un Juicio.

Por tanto, estas figuras o mecanismos alternativos, exigidos con carácter previo a la interposición de demanda en los procedimientos civiles, nacen con la vocación de intentar aunar esfuerzos para intentar alcanzar acuerdos extrajudiciales entre las partes, para de este modo, evitar acudir a la vía judicial, y, que sean los Tribunales los que decidan el posible litigio que exista entre las partes.

A nuestro modo de ver, estas figuras han sido diseñadas para aligerar la carga de trabajo de los Tribunales; sin embargo, el tiempo nos dirá si en realidad promueven realmente los acuerdos entre las partes, o, en su caso, no deja de ser un requisito formal añadido que dificulta la tramitación de los litigios, pues en muchas ocasiones, las reclamaciones se “enredarán” en una amalgama de requisitos formales.

Todo ello con independencia de que estos sistemas suponen un costo añadido de tiempo y también económico, que evidentemente deberán ser sufragados por las personas litigantes y también por los contribuyentes, pues no olvidemos que estos mismos requisitos son exigibles a las personas beneficiarias de justicia jurídica gratuita.

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